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¿Qué es y cómo se calcula?
Las vacaciones son un descanso remunerado que se genera por cada año completo de servicios, siempre que se cumpla el récord vacacional: haber laborado al menos 260 días (jornada de 6 días semanales) o 210 días (jornada de 5 días) en el año, con un máximo de 10 faltas injustificadas.
La remuneración vacacional equivale a un sueldo mensual completo (incluyendo asignación familiar y conceptos remunerativos regulares), proporcional a los días de descanso que correspondan según el régimen laboral.
Provisión mensual — cuánto vas ganando cada mes
¿Qué es y cómo se calcula?
La gratificación es un beneficio que se paga en julio (Fiestas Patrias) y diciembre (Navidad), equivalente a una remuneración mensual completa por cada semestre completo trabajado (o proporcional si el periodo es incompleto).
Se calcula como: (Remuneración computable ÷ 6) × meses completos del semestre, descontando días de inasistencia injustificada. La remuneración computable incluye sueldo básico, asignación familiar y conceptos regulares (con al menos 3 meses de regularidad en el semestre).
Adicionalmente, la bonificación extraordinaria (Ley N.° 30334) traslada al trabajador el ahorro que el empleador obtiene porque la gratificación está inafecta a aportes de salud: 9% si el trabajador está en EsSalud, o 6.75% si está afiliado a una EPS.
Provisión mensual — cuánto vas ganando cada mes del semestre
¿Qué es y cómo se calcula?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio de previsión ante el cese laboral, depositado semestralmente por el empleador en una entidad financiera elegida por el trabajador, en mayo y noviembre de cada año.
En el Régimen General se calcula como (Remuneración computable ÷ 12) × meses completos + (Remuneración computable ÷ 360) × días del semestre trabajado, incluyendo sueldo, asignación familiar y 1/6 de la gratificación percibida.
En la Pequeña Empresa, el trabajador acumula el equivalente a 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios (medio sueldo al año). En la Microempresa, no existe obligación legal de depositar CTS.
Provisión mensual — cuánto vas ganando cada mes del semestre
Proyección de Renta de Quinta Categoría 2026
¿Cómo se calcula?
El empleador proyecta tu renta bruta anual (12 sueldos + gratificaciones de julio y diciembre + bonificación extraordinaria + otros ingresos regulares), le resta la deducción de 7 UIT (S/ 38,500 en 2026) para obtener la renta neta imponible, y aplica la tabla progresiva acumulativa. El impuesto anual resultante se divide entre 12 (o los meses restantes) para determinar la retención mensual.
| Renta neta anual | Rango en soles (UIT S/5,500) | Tasa |
|---|---|---|
| Hasta 5 UIT | Hasta S/ 27,500 | 8% |
| Más de 5 hasta 20 UIT | S/ 27,500 – S/ 110,000 | 14% |
| Más de 20 hasta 35 UIT | S/ 110,000 – S/ 192,500 | 17% |
| Más de 35 hasta 45 UIT | S/ 192,500 – S/ 247,500 | 20% |
| Más de 45 UIT | Más de S/ 247,500 | 30% |
